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Sector privado: junio 2026
El aguinaldo generado hasta el 31 de mayo de 2026 debe pagarse durante el mes de junio. En 2026, el último día del mes es martes 30.
El aguinaldo en Uruguay se paga habitualmente en dos momentos del año: una parte en junio y otra en diciembre. En esta guía te explicamos las fechas 2026, qué período se toma para cada pago, cuál es la diferencia entre sector privado y público, y qué hacer si no te lo pagan en fecha.
En el sector privado, el aguinaldo de junio 2026 debe abonarse durante el mes de junio, por lo que la referencia práctica es hasta el martes 30 de junio de 2026. La segunda parte, correspondiente al período de junio a noviembre, debe abonarse antes del 20 de diciembre de 2026.
En el sector público, para los funcionarios comprendidos en el decreto correspondiente, el medio aguinaldo de junio 2026 se dispuso a partir del 18 de junio de 2026.
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El aguinaldo generado hasta el 31 de mayo de 2026 debe pagarse durante el mes de junio. En 2026, el último día del mes es martes 30.
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La segunda parte del aguinaldo, generada entre junio y noviembre, debe abonarse antes del 20 de diciembre.
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Para funcionarios públicos comprendidos por el decreto, el pago se dispuso a partir del 18 de junio de 2026.
El aguinaldo se divide en dos etapas. La primera corresponde al período cerrado al 31 de mayo, y la segunda corresponde al período cerrado al 30 de noviembre.
| Pago | Período que se toma | Fecha de pago 2026 | Qué significa para el trabajador |
|---|---|---|---|
| Medio aguinaldo de junio | Del 1.º de diciembre de 2025 al 31 de mayo de 2026 | Durante junio / hasta 30 de junio | Es la primera parte del sueldo anual complementario. Se calcula sobre las remuneraciones pagadas en dinero dentro de ese período. |
| Aguinaldo de diciembre | Del 1.º de junio de 2026 al 30 de noviembre de 2026 | Antes del 20 de diciembre | Es la segunda parte del aguinaldo anual. Puede variar si hubo cambios de sueldo, horas extra, comisiones o egreso laboral. |
| Aguinaldo proporcional | Desde el ingreso o hasta el egreso, según el caso | Al pagar el período o en liquidación final | Aplica cuando no trabajaste todo el semestre o cuando termina la relación laboral. |
La ley original establece el sueldo anual complementario, pero el Poder Ejecutivo puede disponer que se pague en dos etapas. En la práctica, eso genera dos momentos fuertes de cobro: mitad de año y fin de año.
Corresponde al aguinaldo generado por las remuneraciones del período que va desde diciembre del año anterior hasta mayo del año corriente. Por eso mucha gente lo llama “medio aguinaldo de junio”.
Corresponde al aguinaldo generado entre junio y noviembre. Suele ser uno de los cobros más buscados del año porque coincide con el cierre anual y las fiestas.
La fecha de pago y el período de cálculo no son lo mismo. El pago ocurre en junio o diciembre, pero el monto se calcula con las remuneraciones generadas en el período correspondiente.
Se toman las remuneraciones pagadas en dinero desde el 1.º de diciembre del año anterior hasta el 31 de mayo del año corriente.
Se toman las remuneraciones pagadas en dinero desde el 1.º de junio hasta el 30 de noviembre del mismo año.
No corresponde calcular como si hubieras trabajado los seis meses completos. Se suma lo realmente generado desde tu ingreso y se divide entre 12.
El aguinaldo generado hasta la fecha de egreso debe revisarse dentro de la liquidación final, salvo situaciones especiales previstas por la normativa.
Una confusión común es pensar que el aguinaldo de junio se calcula solo con el sueldo de junio. En realidad, junio es el momento de pago, pero el monto se genera por las remuneraciones del período anterior.
Es el plazo en que el empleador debe pagar el aguinaldo. En 2026, para privados, la primera parte se paga durante junio y la segunda antes del 20 de diciembre.
Es el tramo de meses que se usa para sumar remuneraciones y calcular el monto. Por eso importan los sueldos, comisiones, horas extra o cambios ocurridos dentro del período.
Aguinaldo = total de salarios pagados en dinero del período ÷ 12
La fecha de pago te dice cuándo lo cobrás; la fórmula te dice cuánto corresponde antes de descuentos.
En el sector privado, el Poder Ejecutivo fija cada año las fechas de pago mediante decreto. Para 2026, la primera parte debe pagarse durante el mes de junio y la segunda antes del 20 de diciembre.
| Sector privado | Plazo 2026 | Período generado | Recomendación |
|---|---|---|---|
| Primera parte | Durante junio de 2026 | 1.º de diciembre de 2025 al 31 de mayo de 2026 | Revisá el recibo de junio o el recibo separado de aguinaldo. Si no aparece, consultá en la empresa antes del cierre del mes. |
| Segunda parte | Antes del 20 de diciembre de 2026 | 1.º de junio de 2026 al 30 de noviembre de 2026 | Si el 20 cae en día no hábil o cerca del cierre bancario, puede ser razonable que la empresa lo adelante. |
En el sector público, el Poder Ejecutivo también define por decreto las fechas de pago para los funcionarios comprendidos. Para junio 2026, se dispuso el pago a partir del 18 de junio de 2026 para los funcionarios alcanzados.
Aunque exista una fecha dispuesta por decreto, la acreditación práctica puede depender del organismo, del banco, del sistema de pago y de cómo se emita el recibo.
Si tenés dudas, conviene consultar directamente con recursos humanos o liquidación de haberes del organismo.
Si llega el vencimiento y el aguinaldo no fue pagado, lo primero es confirmar que efectivamente corresponde el cobro y que no hubo una fecha interna de acreditación informada por la empresa.
Algunas empresas emiten un recibo separado para el aguinaldo. Otras lo liquidan junto con el sueldo o en una fecha distinta dentro del plazo.
Pedí confirmación a administración, recursos humanos o liquidación de sueldos. Es mejor dejar la consulta por escrito si el pago no aparece.
Si ingresaste recientemente, quizás corresponde un monto proporcional. Si egresaste, puede estar incluido dentro de la liquidación final.
Si la empresa no paga ni responde, podés buscar orientación laboral o asesoramiento profesional con la documentación del caso.
Puede pasar, pero no es obligatorio que siempre aparezca de la misma forma. Algunas empresas pagan el aguinaldo en un recibo separado, otras lo incluyen en una liquidación junto con otros conceptos.
Es común que el aguinaldo tenga su propio recibo o comprobante. Esto ayuda a identificar el monto nominal y los descuentos aplicados.
También puede aparecer junto con el sueldo del mes, siempre que se respete el plazo de pago.
Si terminó el vínculo laboral, el aguinaldo generado puede aparecer dentro de la liquidación final.
Sí, el aguinaldo puede tener descuentos. El monto que se calcula inicialmente es nominal, pero el líquido a cobrar puede ser menor si se aplican aportes personales o retenciones.
El aguinaldo está sujeto al régimen legal correspondiente al salario, por eso puede tener descuentos jubilatorios.
Ver aportes BPSTambién pueden aparecer otros aportes según la liquidación y la situación del trabajador.
Ver descuentos obligatoriosEl aguinaldo puede incidir en las retenciones de IRPF, especialmente en meses de cobros especiales.
Ver cómo se calcula IRPFEsta página responde cuándo se paga. Para saber cuánto te corresponde, tenés que sumar las remuneraciones pagadas en dinero dentro del período y dividir el total entre 12.
El aguinaldo proporcional corresponde cuando no trabajaste todo el período. Puede pasar por ingreso reciente, egreso, renuncia, despido o finalización de contrato.
El pago se calcula con las remuneraciones generadas desde tu ingreso hasta el cierre del período. No corresponde cobrar como si hubieras trabajado los seis meses completos.
El aguinaldo generado hasta el egreso debe incluirse al revisar la liquidación final, salvo excepciones previstas por la normativa.
No siempre. El plazo se define por norma y cada empresa puede pagar dentro del período permitido.
Junio es el mes de pago, pero el cálculo toma remuneraciones desde diciembre hasta mayo.
Puede ser parecido si el sueldo fue fijo todo el semestre, pero cambia si hubo aumentos, variables o ingreso parcial.
El aguinaldo nominal puede tener descuentos. El líquido final puede ser menor al monto calculado.
Esta URL responde la intención de fecha de pago. Para cálculo, descuentos, IRPF o liquidación final, conviene usar las páginas específicas.
El aguinaldo puede aparecer como recibo separado o dentro de una liquidación. Para entender el monto final, conviene mirar también descuentos, IRPF y líquido a cobrar.
En el sector privado, el aguinaldo generado hasta el 31 de mayo de 2026 debe pagarse durante junio, por lo que la fecha práctica límite es el martes 30 de junio de 2026.
En el sector privado, la segunda parte del aguinaldo 2026 debe abonarse antes del 20 de diciembre y corresponde al período generado desde el 1.º de junio hasta el 30 de noviembre.
Se toman las remuneraciones pagadas en dinero desde el 1.º de diciembre del año anterior hasta el 31 de mayo del año corriente.
Se toman las remuneraciones pagadas en dinero desde el 1.º de junio hasta el 30 de noviembre del mismo año.
Puede pagarse junto con el sueldo o en un recibo separado, siempre que se respete el plazo legal correspondiente.
En ese caso, el aguinaldo se calcula proporcionalmente con las remuneraciones generadas desde tu ingreso hasta el cierre del período correspondiente.
El aguinaldo generado hasta el egreso debe revisarse dentro de la liquidación final, salvo situaciones especiales como despido por notoria mala conducta.
Podés usar el simulador de aguinaldo de TuRecibo.uy para estimar el monto nominal y luego revisar posibles descuentos según tu situación.
Esta guía resume criterios generales para trabajadores en Uruguay. No sustituye asesoramiento profesional ni la información oficial aplicable a cada caso.
Para saber cuándo se paga, usá esta guía. Para saber cuánto te corresponde, usá el simulador o la guía de cálculo.